El giro normativo de la sociología filosófica: Un comentario histórico-conceptual
DOI:
https://doi.org/10.32995/0719-64232016v2n3-19Palabras clave:
Sociología filosóficaResumen
Arrojarse a comentar un proyecto como el de sociología filosófica, que extiende sus raíces hacia uno de aquellos problemas insolubles por definición, sólo puede hacerse desde la autoconciencia teórica. La dimensión lingüística nos ayuda sin embargo en esta tarea. Es claro: todo comentar es siempre un co-mentar, un co-pensar, un pensar-con-el-otro. En lo que sigue, intento co-pensar el proyecto de Daniel Chernilo en términos histórico-conceptuales, buscando asir el motivo fundante que lo destaca al interior de este programa teórico. Con tal objetivo en mente, he estructurado el texto de la siguiente manera: primero, vuelvo a los orígenes teóricos de la sociología filosófica en la búsqueda por dar cuenta del núcleo central del giro normativo que Chernilo le da a dicho programa teórico [I]. Si bien este giro permite encuadrar su proyecto al interior de dicha dirección teórica, éste no queda por ello exento de elementos que para la sociología filosófica en general podrían aparecer como problemáticos. Para elucidar estos elementos críticos, comentaré sucintamente la estructura programática interna [II], los rendimientos teórico-prácticos [III] y los déficits metodológicos [IV] de la sociología filosófica de Chernilo.
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